El Gobierno oficializó el Decreto Legislativo 1736, norma que establece que los internos sentenciados por delitos comunes podrán trabajar dentro y fuera de los establecimientos penitenciarios bajo el régimen semiabierto. La disposición fue publicada el jueves 12 de febrero y lleva las firmas del presidente José Jerí, el presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez, y el ministro de Justicia, Walter Martínez.
De acuerdo con el texto, el trabajo de los internos será de carácter voluntario, temporal y revocable. La evaluación y autorización estarán a cargo del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), ahora denominado Superintendencia Nacional de Infraestructura y Reforma Penitenciaria (Sunir), entidad que deberá analizar la aptitud, experiencia laboral, interés y disposición de cada persona privada de libertad antes de su incorporación a las actividades laborales.
La norma precisa que el trabajo asistido externo podrá desarrollarse mediante programas promovidos por la autoridad penitenciaria, así como a través de actividades productivas gestionadas con participación del sector público, privado o de la sociedad civil, siempre que se ajusten al marco legal vigente.
El decreto también establece que los internos estarán sujetos a evaluaciones periódicas para determinar su permanencia en el régimen semiabierto o, de ser el caso, su regresión al régimen anterior. La finalidad declarada de la medida es contribuir a la reinserción social y al fortalecimiento de habilidades y competencias laborales de las personas sentenciadas.
Con esta disposición, el Ejecutivo introduce modificaciones en el régimen penitenciario orientadas a ampliar las alternativas de trabajo para internos por delitos comunes, bajo supervisión institucional y mecanismos de control establecidos en la norma.