Entre enero de 2025 y la fecha, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recibió 241 denuncias por hostigamiento sexual laboral, una cifra que confirma el incremento sostenido de casos en los últimos años. En 2023 se registraron 59 denuncias y en 2024 el número ascendió a 130, lo que evidencia una tendencia al alza que se mantiene en 2025.
Las actividades económicas con mayor cantidad de reportes son restaurantes y centros de llamadas (call centers). Según la entidad, estos sectores suelen presentar alta rotación de personal y estructuras jerárquicas marcadas, condiciones que pueden facilitar situaciones de hostigamiento o dificultar que las víctimas denuncien oportunamente.
En el mismo periodo, y dentro del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS), Sunafil emitió 79 resoluciones de multa en primera y segunda instancia, por un monto total de 1.966.924 soles. Las infracciones por hostigamiento sexual laboral son consideradas muy graves e insubsanables, al tratarse de actos de violencia que afectan la dignidad e integridad de la persona trabajadora.
Las multas pueden fluctuar entre 1.265 y 288.915 soles, dependiendo del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados. Para determinar la sanción, el inspector evalúa si los incumplimientos son irreversibles y deja constancia del carácter insubsanable de la infracción cuando corresponde.
Sunafil recuerda que los empleadores deben actuar con inmediatez ante cualquier denuncia. En un plazo máximo de un día hábil, la víctima debe acceder a atención médica, física, mental o psicológica; si la empresa no cuenta con estos servicios, debe derivarla a un establecimiento de salud público o privado. Además, en un plazo no mayor de tres días hábiles, el empleador debe implementar medidas de protección, como la rotación o cambio de lugar del presunto agresor o, si la persona afectada lo solicita, su propia reubicación.
El hostigamiento sexual laboral se define como una forma de violencia que se manifiesta mediante conductas de naturaleza sexual o sexista que generan un ambiente intimidatorio, hostil o humillante en el trabajo. Incluye comentarios e insinuaciones, observaciones, tocamientos, roces, proposiciones sexuales y comportamientos que refuercen estereotipos que supongan subordinación de un género sobre otro.
Las cifras reflejan no solo un mayor número de denuncias, sino también una mayor activación de los mecanismos de fiscalización y sanción frente a este tipo de conductas en el ámbito laboral.